Noticia

Material de difusión

En el artículo 10 de nuestro Código de ética se establece que: "En su actuación antes los medios de comunicación social, el Terapista Ocupacional dará a conocer su identidad, el título que posee y la matrícula profesional. Idénticos datos deberán figurar cuando publicite por cualquier medio sus servicios profesionales. En tal caso no inducirá a engaños respecto a los alcances de su formación profesional, ni falseará su vinculación con instituciones, organizaciones o personas. Tampoco anunciará resultados
determinados, ni plazos para la obtención de dichos logros.
Todo material de difusión o de promoción del Terapista Ocupacional será simple, veraz y discreto sin utilizar recursos inadecuados para obtener clientela, entendiendo que el espíritu de lucro es ajeno a la profesión."

Documento Adjunto:

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