Santa Fe, 4 de mayo de 2020
Estimados/as Colegiados/as:
Luego de las resoluciones publicadas durante la semana, consideramos necesario aclarar algunos puntos al respecto:
1- Continua vigente la medida de Aislamiento Social Preventivo y obligatorio, dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.
2- El Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, emitió la Resolución N° 0611 en la cual especifica las actividades de atención a la salud autorizadas a funcionar durante el ASPO por COVID-19. https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/wp-content/uploads/sites/36/2020/04/RM20200611MSAL.pdf
A través de la mencionada Resolución, las/los profesionales Terapistas Ocupacionales estamos en condiciones de brindar atención presencial y de forma programada a aquellos pacientes que la ameriten.
3-Los pacientes con CUD quedan exceptuados, para la atención de los mismos. Citamos parte del art. N° 2, Resolución 85/2020:… “ARTICULO 2°.- Suspéndase, por criterios epidemiológicos, la prestación bajo modalidad presencial, de las prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad contempladas en el nomenclador de la Ley N° 24.901, durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido mediante el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020.” - El mismo aún se encuentra en vigencia.
4- Para la atención en consultorio deben coordinar los turnos con cada paciente anticipadamente. El profesional enviará al paciente constancia del turno asignado, por mail o WhatsApp, con esa constancia el paciente podrá circular. Sugerimos que para demostrar la condición de cronicidad del diagnóstico soliciten Historia Clínica extendida por el profesional médico tratante.
5-Cada profesional debe circular con la credencial otorgada por el colegio o constancia de inscripción a la matrícula profesional.
6-Sugerimos a los/las colegas, el adecuado uso de los elementos de protección personal y el empleo de las medidas de higiene y bioseguridad necesarias.
Nos encontramos atravesando un período crítico, en el cual, como profesionales de la salud debemos apelar al criterio y a la ética profesional, entendiendo que es nuestra responsabilidad cuidar de la salud de nuestros pacientes, del mismo modo que resguardar nuestra salud y la de nuestras familias. Por lo tanto les pedimos que realicen prácticas presenciales solo en aquellos casos de estricta necesidad e instamos a continuar la atención virtual en los casos que sea posible.
Agradecemos su respetuosa atención. Saludamos a ustedes cordialmente.
Consejo directivo.
Colegio de Terapistas Ocupacionales de Santa Fe
1° Circunscripción
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